“Amnistía Internacional despliega una labor fundamental en la promoción y defensa de los derechos humanos a nivel mundial, actuando como una voz poderosa en la lucha contra la injusticia y la opresión.
Artículo 1: todos nacemos libres e iguales
Artículo 2: ser libre de discriminación
Artículo 4: ser libre de la esclavitud
Artículo 5: ser libre de la tortura
Artículo 6: el derecho a ser reconocido como persona ante la ley
Artículo 7: el derecho a la igualdad ante la ley
Artículo 8: el a la reparación
Artículo 9: ser libre de detención arbitraria
Artículo 10: derecho a un juicio justo
Artículo 11: presunción de inocencia y crímenes internacionales
Artículo 12: derecho a la privacidad
Artículo 13: derecho a la libertad de movimiento
Artículo 15: el derecho a la nacionalidad
Artículo 16: derecho al matrimonio y a fundar una familia
Artículo 17: el derecho a la propiedad
Artículo 18: Libertad de religión o de conciencia
Artículo 19: Libertad de opinión y expresión
Artículo 20: libertad de reunión y asociación
Artículo 21: un breve curso sobre democracia
Artículo 22: derecho a la seguridad social
Artículo 23: derecho al trabajo
Artículo 24: derecho al descanso y al tiempo libreal tiempo libre
Artículo 25: derecho a un nivel de vida adecuado
Artículo 26: derecho a la educación
Artículo 27: derecho a la vida cultural, artística y científica
Artículo 28: derecho a un mundo libre y justo
Artículo 29: deberes respecto a la comunidad
Artículo 30: los derechos son inalienables
La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue redactada después de la Segunda Guerra Mundial con el objetivo de garantizar los derechos fundamentales de todas las personas, sin importar su origen, raza, género, religión o cualquier otra condición.
La Declaración consta de 30 artículos que describen estos derechos y libertades esenciales, desde el derecho a la vida y la libertad, hasta el derecho a la educación y la cultura. Estos artículos reconocen la dignidad y el valor de cada ser humano y buscan garantizar su bienestar y su libertad.
En este artículo, te presentamos de manera resumida los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, para que puedas conocerlos y defenderlos. Son esenciales para una sociedad justa, equitativa, tolerante, inclusiva y respetuosa.

Los 30 derechos resumidos
- Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos.
- Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición.
- Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y su seguridad personal.
- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, a ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales.
- Todos somos iguales ante la ley y tenemos derecho a igual protección de la ley sin discriminación alguna.
- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída y juzgada por tribunales independientes e imparciales.

- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
- Sin injerencias arbitrarias en la vida privada, familia, domicilio o correspondencia, ni ataques a la honra o a la reputación.
- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
- Toda persona tiene derecho a buscar y disfrutar de asilo en cualquier país en caso de persecución.
- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
- Los hombres y mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia.
- Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual o colectivamente.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.
- Toda persona tiene derecho a la seguridad social, a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables para su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, incluyendo alimentación, vestido, vivienda, atención médica y los servicios sociales necesarios. El Estado tiene la responsabilidad de asegurar estos derechos.
- Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental.
- Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
- Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.