1). Adjudicación. ¿Por qué hubo trato de favor a muy poco tiempo de las elecciones, por parte de la ex alcaldesa Mercedes Alonso y del concejal de urbanismo Vicente Granero, en la adjudicación del estudio de viabilidad y del proyecto?. Incluso una vez, comprobado el importante valor, de los restos arqueológicos hallados, Baños árabes, refugios, ect. Incumpliendo además numerosos preceptos previos fundamentales. No se presento el proyecto, ni los informes preceptivos, de Patrimonio y de Tráfico, sin el acuerdo con todos los placeros para el desalojo del mismo, con un mandato del pleno municipal con todos los partidos políticos en contra del proyecto, y con numerosas asociaciones manifestándose en contra del mismo?. En definitiva sin consenso y frente a una gran polémica y oposición al mismo, como se está demostrando, causando así enormes e imprevisibles daños a todo el entorno comercial.
2).- Informes Negativos. ¿Por qué a pesar de la negativa de todos los informes técnicos de Patrimonio y Trafico,, ya más de 3 años en trámites , no renuncian al mismo?. Cuando al menos 5 ya de tráfico y de los continuos requerimientos de Patrimonio para continuar con más excavaciones y requerimientos necesarios, así como ya 2 dictámenes desfavorables de la Mesa de Movilidad y del Consejo social de Medio ambiente, también posicionados en contra.
3).- Parking, inviable y contraproducente. ¿No se dan cuenta que resulta un completo despropósito en las actuales circunstancias, insistir con un parking, contra toda corriente natural de inconvenientes ya señalados, y que además en los centros históricos de todas las ciudades preservan los centros históricos, de más ruidos y contaminación, y que en las últimas mediciones realizadas en la ciudad, son superiores a las recomendadas por la OMS?. Y por demás existe oferta suficiente de plazas de garaje de pago, , en los parking perimetrales, Gran Teatro, MAHE, Plaza de España, y Centro de Congresos. También señalar que recientemente cerró el de Puente Rey por falta de demanda de clientes de parking de pago, y que en otras ciudades como San Vicente y Alcoy, existen demandas de las concesionarias hacia el ayuntamiento por su responsabilidad en las concesiones realizadas, y cuya explotación resulta deficitaria y ruinosa
4).- Proyecto catastrófico y dañino. En consecuencia con todo ello, ¿Están valorando los graves daños que han producido ya a los numerosos negocios que han tenido que ser desalojados y cerrados en todo el entorno del Mercado Central, y a su área de influencia, y la amenaza que aún persisten de levantar toda la Plaza de las Flores, cuyos negocios, principalmente de hostelería con terrazas tradicionales, ya sería la puntilla que colmaría el cierre de ellos con las consiguiente perdidas de decenas de empleos. Obras que tardarían por poco varios años más con fechas impredecibles. Cuando el proyecto actual, se encuentra ya incumplido también en sus plazos, los 20 meses previstos desde Marzo del 2.015, se cumplieron a finales del 2.016, por lo tanto los incumpliendo son constantes.
5).- Mentiras sobre la Indemnización
CONTRATACIÓN PÚBLICA – 3% máximo
Si la administración resuelve el contrato, ¿qué indemnización corresponde al contratista?
En caso de que la Administración sea quien resuelve el contrato basándose en la causa del art. 223.g) TRLCSP, ¿creéis que la indemnización objetiva del 3% establecida en el art. 225.5 TRLCSP es un límite? O, al contrario, si puede el contratista acreditar daños y perjuicios por valor superior al 3% ¿debería ser indemnizado por el importe acreditado objetivamente?
Según el art. 223.g) es una causa de resolución del contrato «La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el título V del libro I.»
En ese caso, el art. 225.5, establece que «Cuando la resolución se acuerde por las causas recogidas en la letra g) del artículo 223, el contratista tendrá derecho a una indemnización del 3 por ciento del importe de la prestación dejada de realizar, salvo que la causa sea imputable al contratista.»http://www.contratacionpublicacp.com/…/l-mite-indemnizaci-n…
http://www.contratacionpublicacp.com/forum/topics/l-mite-indemnizaci-n-contratista-servicios
https://www.facebook.com/groups/504150556336937/permalink/1679902228761758/
6) Rescisión del Contrato
EL CONTRATO CONTEMPLA CLARAMENTE LA RESCISION SIN INDEMNIZACION POR LOS REQUISITOS , INFORMES Y CONDICIONANTES PREVIOS QUE SE ENCUENTRAN INCUMPLIDOS MÁS DE 3 AÑOS DESDE SU FIRMA. ———————————
V.- Plazos del contrato:
- A) Plazos de redacción de documentos, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de este documento habrá de aportar al Ayuntamiento, de conformidad con la resolución de adjudicación:
- Proyecto básico del Mercado Central
- Proyecto de derribo
- Proyecto de Mejora de Urbanización del entorno
- Estudio de Tráfico
- Estudio de Integración Paisajística
El proyecto a presentar deberá ajustarse en su contenido a lo dispuesto en el artículo 123 del TRLCSP, siendo éste responsable de los daños derivados de los defectos del mismo.
- B) Plazo de ejecución de la obra: 20 meses desde la firma del acta de comprobación de replanteo de las obras, excepto de ejecución del Mercado Provisional cuya construcción habrá de iniciarse en el plazo de un mes desde la firma de este documento.
«III.- Financiación: Las obras públicas objeto de este contrato serán financiadas por el concesionario que, en todo caso, asumirá el riesgo de la inversión realizada. Si durante la ejecución del contrato o como resultado de las excavaciones arqueológicas deviniese la imposibilidad de ejecución del objeto del contrato, se entenderá que forma parte del riesgo asumido por el concesionario, sin que pueda dar lugar, en ningún caso, a indemnización de los gastos en que el concesionario hubiere podido incurrir.»
https://www.slideshare.net/…/contrato-mercado-central-de-el…
http://www.teleelx.es/n183497-Gordillo-asegura-que-la-prote…
SLIDESHARE.NET
Contrato Mercado Central de Elche
En el portal municipal de transparencia tras las mejoras que se han incorporado por primera vez se ha colgado el contrato que el anterior gobierno local realizó…